(Buenos Aires).- “El Ministerio Público nunca identificó para Cirio un hecho concreto ni una calificación legal específica”, advirtió el juez federal Luis Armella al rechazar el pedido de detención contra Jésica Cirio y Martín Insaurralde en la causa por presunto enriquecimiento ilícito y lavado de dinero. Como contrapartida, el magistrado les prohibió la salida del país y les impuso la obligación de no alejarse más de 50 kilómetros de sus domicilios sin autorización judicial.
La restricción de circulación también alcanza a la modelo Sofía Clerici, a los hijos del exintendente de Lomas de Zamora, Luciano y Rodrigo Insaurralde, y a los allegados Gastón Barrachina y Víctor Mario Donadío. Todos deberán comunicar cualquier desplazamiento que implique ausentarse más de 24 horas y actualizar sus domicilios en un plazo de 24 horas.
La investigación contra Jésica Cirio e Insaurralde se reactivó en las últimas semanas tras la difusión de videos grabados en 2023 en los que se ve a la conductora junto a fajos de dólares en el vestidor de la casa de Insaurralde en un barrio privado de San Vicente. El caso había comenzado con el viaje de lujo del exfuncionario a Marbella junto a Clerici, y acumula desde entonces medidas como allanamientos y peritajes sobre dispositivos electrónicos.
El fiscal Sergio Mola había solicitado la detención de Insaurralde y Jésica Cirio al considerar que existía riesgo de manipulación, destrucción o alteración de pruebas. El juez Armella, sin embargo, consideró “prematuro” ese paso y enumeró una serie de argumentos para rechazarlo.
Las razones del rechazo
El magistrado sostuvo que el video que motivó el pedido fiscal aún no fue peritado por la DATIP y ordenó un análisis para determinar si fue adulterado, incluso mediante inteligencia artificial, y si el vestidor corresponde realmente a un inmueble de los imputados. Además, el propio fiscal indicó que el material podría ser de 2023, anterior a los allanamientos, lo que para el juez impide sostener un riesgo actual.
Armella valoró la conducta colaborativa de los imputados desde octubre de 2023 y, en el caso puntual de Jésica Cirio, remarcó que “el Ministerio Público nunca identificó para Cirio un hecho concreto ni una calificación legal específica, incumpliendo el propio art. 283 del CPPN”. A eso sumó que la fiscalía no pidió su indagatoria durante tres años, lo que interpretó como un reconocimiento implícito de que no existía mérito suficiente.
El juez también consideró que el dictamen fiscal presenta “graves defectos de fundamentación” que lo exponen a ser declarado arbitrario o nulo, y que los informes de la PROCELAC aclararon que no debían utilizarse como prueba pericial. Por todo eso, dispuso nuevas diligencias: la inspección ocular de la vivienda de San Vicente, el peritaje del teléfono de Jésica Cirio —que entregó bajo cadena de custodia— y la citación de testigos como el contador de la empresa Sasaxa Libero S.A., titular de la propiedad.